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Frescura y cobertura efectiva de montos, clasificación, región e identidad empresarial publicadas junto a los datos.
Último dato
03 ago 2026, 09:47 p. m.
Fuente más reciente: Compra Ágil.
Cobertura de montos
91,4%
397.091 de 434.657 oportunidades tienen monto comparable.
Cobertura de rubro
45,1%
Licitaciones: 26,4% · Compra Ágil: 48,8%.
Identidad por RUT
100%
Actividad: 91,4% · Región: 92%.
Región Compra Ágil
79,4%
287.297 de 362.033 compras tienen región identificada.
Licitaciones: 03 ago 2026, 06:01 p. m. (Hace 1 día) · Compra Ágil: 03 ago 2026, 09:47 p. m. (Hace 1 día) · Buscador unificado: 03 ago 2026, 09:47 p. m. (Hace 1 día)
28 resultados
1.-OBJETO DE LAS BASES Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de Licitación Pública “SERVICIO ANESTESISTAS PARA PABELLÓN PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA” y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones del contrato y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que el servicio asociado a esta adquisición debe ajustarse a las especificaciones de estas bases. No podrá el proveedor ofertar servicio distinto al establecido en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos. Cualquier extra no requerido no será considerado en la evaluación. Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por él Hospital, y que no pueda ser separado técnica o económicamente del servicio a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta. Tampoco podrá el proveedor presentar dos servicios alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible. Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo servicio o ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases.
Fecha publicación
31 jul 2026
Fecha cierre
31 ago 2026
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS ANESTÉSICOS Y ANALGÉSICOS PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA, y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición.
27 jul 2026
06 ago 2026
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de “SISTEMA NEBULIZACIÓN MALLA VIBRATORIA CON EQUIPO EN COMODATO PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA”, y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que todos los insumos y equipos en comodato suministrados deben ser nuevos y sin uso, todo lo anterior debe ajustarse a las especificaciones de estas bases. Las cantidades de los productos solicitados en la presente licitación son referenciales y estimados, por lo cual, pueden disminuir o aumentar de acuerdo a las necesidades, contingencia, existencias y recursos financieros del Hospital la Florida. No podrá el proveedor ofertar insumos distintos a los establecidos en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos, todo lo extra ofertado, no será considerado en la evaluación. Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por él Hospital, y que no pueda ser separado técnica o económicamente del bien a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta. Tampoco podrá el proveedor presentar dos insumos alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible. Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio o ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases.
17 ago 2026
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de Licitación Pública “SERVICIO DE EXÁMENES DE DENSITOMETRÍA ÓSEA PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA” y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones del contrato y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que el servicio asociado a esta adquisición debe ajustarse a las especificaciones de estas bases. No podrá el proveedor ofertar servicio distinto al establecido en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos. Cualquier extra no requerido no será considerado en la evaluación. Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por el Hospital, y que no pueda ser separado técnica o económicamente del servicio a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta. Tampoco podrá el proveedor presentar dos servicios alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible. Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo servicio o ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases.
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de “INSUMOS PARA MONITORIZACION PEDIATRICA PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA”, y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que todos los insumos suministrados deben ser nuevos y sin uso, todo lo anterior debe ajustarse a las especificaciones de estas bases. Las cantidades de los productos solicitados en la presente licitación son referenciales y estimados, por lo cual, pueden disminuir o aumentar de acuerdo a las necesidades, contingencia, existencias y recursos financieros del Hospital la Florida. No podrá el proveedor ofertar insumos distintos a los establecidos en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos, todo lo extra ofertado, no será considerado en la evaluación. Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por él Hospital, y que no pueda ser separado técnica o económicamente del Bien a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta. | Tampoco podrá el proveedor presentar dos insumos alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible. Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio o ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases.
23 jul 2026
12 ago 2026
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de Licitación Pública “SERVICIO DE ESTERILIZACIÓN DE ROPA CLÍNICA PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA” y reglamentan entre otrosaspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones del contrato
15 jul 2026
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de CAJAS PRÓTESIS RECONSTRUCCIÓN TUMORAL CON INSTRUMENTAL EN COMODATO PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA, y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos,
14 jul 2026
14 ago 2026
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de Licitación Pública “SERVICIO DE CIRUGÍA TRAUMATOLÓGICA TUMORES ÓSEOS FUERA DE HORARIO PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA” y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones del contrato y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que el servicio asociado a esta adquisición debe ajustarse a las especificaciones de estas bases. No podrá el proveedor ofertar servicio distinto al establecido en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos. Cualquier extra no requerido no será considerado en la evaluación. Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por él Hospital, y que no pueda ser separado técnica o económicamente del servicio a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta. Tampoco podrá el proveedor presentar dos servicios alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible. Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo servicio o ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases.
09 jul 2026
10 ago 2026
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